Becas y Ayudas para Alumnos con Necesidades Específicas de Apoyo Educativo. Curso 2025-2026

By Juan Carlos López - 3:21:00

 



El Ministerio de Educación publicó el pasado 25 de abril la convocatoria de becas y ayudas para los alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo (ACNEAE) para el curso 2025-2026 en sus siguientes modalidades:

  • Ayudas directas para alumnos que requieran apoyos y atenciones educativas específicas, (incluidos TDAH), derivadas de:
    • Derivadas de:
      • Discapacidad igual o superior al 25%.
      • Trastornos graves de conducta 
      • Trastornos graves de la comunicación y del lenguaje asociados a necesidades educativas especiales
    • Alumnos con TEA, no incluidos en el punto anterior.
Aclaración: Los casos de TDAH, que no cumplan además alguno de los casos anteriores, no están incluidos dentro de estas ayudas.
  • Subsidios por necesidades educativas especiales en familias numerosas (aunque no cumplan los requisitos de renta):
    • Derivadas de:
      • Discapacidad igual o superior al 25%.
      • Trastorno grave de conducta.
      • Trastorno grave de la comunicación y del lenguaje asociado a necesidades educativas especiales.
    • Alumnos con TEA, no incluidos en el punto anterior.
  • Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada a alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociada a altas capacidades (deben tener cumplidos los 6 años de edad antes del 31 de diciembre de 2025). Estas ayudas sólo van destinadas para Primaria, Secundaria, ESO, Bachillerato, Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior y Enseñanzas Artísticas Profesionales.

  • Subsidio de cuantía fija para gastos adicionales de carácter general (400€). Para todos aquellos alumnos con necesidad específica de apoyo educativo que cumplan los requisitos de discapacidad, trastornos graves de conducta, trastornos graves de la comunicación y del lenguaje, TEA o altas capacidades.

Para solicitar las becas y ayudas hay que acreditar que el alumno tiene necesidad específica de recibir apoyo educativo mediante informe psicopedagógico del servicio de orientación del colegio, además de informes clínicos y de discapacidad en caso de padecer alguno de los trastornos a los que se destinan estas ayudas.

Estas ayudas se pueden pedir para alumnos que estén escolarizados en:

  • Educación Infantil
  • Educación Primaria
  • ESO
  • Bachillerato
  • Grado Básico de Formación Profesional
  • Grado Medio de Formación Profesional
  • Grado Superior de Formación Profesional
  • Enseñanzas artísticas profesionales
  • Programas de formación para la transición para la vida adulta.
  • Modalidades de Formación Profesional dirigidas a personas con necesidades específicas o formativas especiales (según el artículo 33.2, de la Sección 3, del Capítulo IV, del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional).


PLAZO DE SOLICITUD

Del 30 de abril al 11 de septiembre de 2025

A pesar de que el plazo finaliza el 11 de septiembre, se hace inviable realizar las gestiones a principios del curso próximo con tan poco margen, por lo que, siguiendo las indicaciones del Servicio de Becas de la Consejería de Educación, los centros tenemos que enviar toda la documentación a la Consejería antes del 4 de julio.


CUANTÍA DE LAS AYUDAS Y SUBSIDIOS








CÓMO REALIZAR LA SOLICITUD

Todo el proceso de solicitud se realiza a través de la Sede Electrónica, que está en el siguiente enlace: [enlace].

  • Regístrate con un nombre de usuario y contraseña  donde indica la flecha en la siguiente imagen (si ya estás registrado de años anteriores no es necesario y debes entrar con el usuario, que es el número del DNI, y contraseña del año pasado):


  • Una vez registrado rellena el formulario online. No será posible utilizar el correo electrónico del centro educativo, ni el correspondiente a los servicios de orientación, ni el trabajador socia u otro profesional de una asociación.
  • MUY IMPORTANTE: FIRMAR ELECTRÓNICAMENTE.
  • No se aceptarán solicitudes que estén en estado borrador.
  • LAS SOLICITUDES, una vez presentadas telemáticamente, NO SE LLEVAN AL CENTRO. Al hacer la solicitud se genera un justificante de presentación, únicamente con el fin de que quede confirmada que la solicitud ha sido presentada correctamente.
  • Este año, al hacer la solicitud, no se generan los documentos que tienen que rellenar los equipos de orientación, inspección y gabinetes reeducadores externos al centro. Estos anexos los enviarán directamente desde el Servicio de Becas de la Consejería de Educación a los centros escolares antes del 15 de junio en base al listado de las solicitudes presentadas en sede electrónica con el código de su centro escolar. Cuando esto ocurra, la dirección del centro lo comunicará a las familias para que estas presenten en el centro el Anexo VI (que es el que tiene que hacer el profesional del centro al que acuda el alumno fuera del colegio) y el justificante de las facturas de la atención durante el curso pasado. 
  • Los centros deberemos entregar todos los documentos al Servicio de Becas antes del 4 de julio

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR, SEGÚN CADA CASO: No hay que presentar ninguna documentación salvo que lo pida el Servicio de Becas

  • Discapacidad, además de tener los 2 años cumplidos antes del 31 de diciembre, se requerirá acreditarlo por:
    • Certificado del IMAS de discapacidad igual o superior al 25 %
    • Acreditación de estar escolarizado como alumnos con necesidades educativas especiales.
  • Trastorno grave de conducta o trastorno grave de la comunicación y del lenguaje acreditado por alguno de los siguientes documentos:
    • Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales (IMAS) u órgano correspondiente de la comunidad autónoma
    • Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente (LO HACEMOS NOSOTROS).
  • Trastorno del Espectro Autista acreditado por:
    • Certificado médico de Salud Mental del Servicio Murciano de Salud. Los informes privados sólo tendrán validez en caso de que no se disponga de Seguridad Social (ISFAS, MUFACE,...).
    • Certificado de Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica o Departamento de Orientación de tu centro educativo o Comunidad Autónoma. El certificado debe ajustarse al modelo que obtendrás cuando rellenes el formulario (LO HACEMOS NOSOTROS).
  • Altas Capacidades, acreditado por:
    • Informe del Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica o Departamento de Orientación de tu centro, que indique qué tipo de asistencia necesitas, la duración, etc. Este informe debe ajustarse al modelo que aparece con el impreso de solicitud cuando se ha rellenado el formulario online (LO HACEMOS NOSOTROS).
    • Memoria del centro que imparte el programa al que vas a asistir que informe sobre las características del tratamiento, su duración y el coste.

Si el solicitante requiere ayuda para reeducación pedagógica o del lenguaje fuera del centro escolar, se requerirá, además de la anterior, la siguiente documentación: 

  • Certificación expedida por el inspector de la zona en la que se acredite la necesidad de recibir estos tratamientos porque esta ayuda no la ofrece tu centro o porque el alumno no ha podido matricularse en un centro en el que se preste (LO HACEMOS NOSOTROS CON EL INSPECTOR).
  • Informe específico del Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica o del Departamento de Orientación en el que se detalle la asistencia educativa y las horas semanales que se consideren necesarias para su corrección, así como, en su caso, las prestadas por el centro, la duración previsible de la misma y las condiciones que garanticen su prestación (LO HACEMOS Y LO APORTAMOS NOSOTROS). Esto no es el Informe Psicopedagógico, es una página del documento de la beca.
  • Memoria expedida por el centro o reeducador que preste el servicio que informe sobre las características del tratamiento, su duración y el coste. OS DAREMOS EL ANEXO QUE TIENEN QUE HACER.
  • Declaración responsable de la persona que imparta el programa acreditando que tiene la titulación necesaria para realizar el programa de intervención, con número de colegiado en aquellas profesiones que lo exigen (psicólogos, logopedas,...).
Además, de la documentación que corresponda según el caso, todos tienen que presentar:

  • Fotocopia del DNI de todos los miembros de la familia.
  • Fotocopia del carnet de familia.
  • Fotocopia del carnet de familia numerosa (en los casos que corresponda).
  • Documento de titularidad del banco en el que figure el alumno como cotitular de la cuenta.
  • Facturas del centro terapéutico referentes al presente curso para justificar los gastos.
  • El que pida ayuda de transporte debe presentar el documento de empadronamiento.

UMBRALES DE RENTA Y PATRIMONIO FAMILIAR

Se valora la situación económica de la unidad familiar durante 2024.





En qué casos si tienes derecho a ayuda

Las ayudas podrán ser solicitadas por las familias cuyas rentas o patrimonio familiar no superen, a fecha 31 de diciembre de 2024, los umbrales siguientes:




ACLARACIONES IMPORTANTES

En los casos de los alumnos que necesitan un servicio de reeducación pedagógica fuera del centro, la finalidad de estas becas es cubrir las necesidades educativas de aquellos alumnos que no reciben los suficientes apoyos específicos (PT y AL) en el centro escolar en horario lectivo, y es necesario complementarlas en servicios especializados ajenos a esos apoyos específicos fuera del horario lectivo (logopedas, gabinetes, etc.). En aquellos casos en los que si tienen cubiertas las horas de PT y/o AL que se estiman necesarias dentro del horario lectivo, les serán denegadas por la Inspección Educativa.

En el caso de las altas capacidades, estas ayudas son incompatibles con los talleres de enriquecimiento extracurricular dirigidos a estos alumnos.

    MUY IMPORTANTE: Las familias de los alumnos que participen en el banco de libros, no podrán solicitar las ayudas correspondientes a material.

    Se deberá facilitar un número de cuenta bancaria para hacer el ingreso de la ayuda de la que sea titular o cotitular el alumno.

    Los alumnos con TDAH, cuyos padres quieran solicitar la Beca, deben tener en cuenta que dicho trastorno debe estar asociado a Discapacidad y/o Trastorno Grave de Conducta.


    Más información

    Para más formación, puede ponerse en contacto con los profesionales de atención a la diversidad del colegio (orientación, PT, AL, Aulas Abiertas).

    También tienes información del Ministerio de Educación en el siguiente enlace: [+]

    A continuación tiene la normativa del Ministerio acerca de las becas:


    Las Resolución de la Consejería de Educación de la Región de Murcia sobre estas becas es la siguiente:




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